Edgar Payares Berrío, alcalde -escríbenos a: primerainfanciachigorodo@gmail.com

Estadisticas

domingo, 29 de enero de 2012

Delegados Municipales para la Primera Infancia, 2012





La delegación de una persona en el municipio de Chigorodó Antioquia,  para el acompañamiento del Programa de Atención Integral a la Primera Infancia –PAIPI- es un requisito indispensable del Ministerio de Educación Nacional –MEN-, en el marco de la operación del programa.

El nombramiento lo hace el señor Alcalde Edgar Payares Berrío, 2012-2015.

Este es un requerimiento para municipios certificados y no certificados de todo el territorio nacional colombiano.

Las funciones o competencias del delegado son las siguientes:

A. Durante la fase de alistamiento:
·         Presentar el prestador del servicio y el Programa, ante las autoridades e instancias locales.
·         Participar en la Mesa Municipal de Primera Infancia o la instancia correspondiente, en todas sus reuniones.
·         Levantar actas de dotación no fungible con el anterior prestador (si lo hubo).
·         Entregar dotación y carpetas de los niños y niñas, al prestador en caso de ser convenio de continuidad.
·         Entregar listados para la identificación y priorización de niños y niñas y HCB, y verificar la conformación de los grupos de atención.
·         Acompañar procesos de habilitación de infraestructuras: asistiendo a las visitas a que haya lugar.
·         Verificar el cumplimiento de los respectivos requerimientos de los perfiles de las personas que el prestador seleccione.
·         Suscribir junto con el representante legal del prestador del servicio, el (las) Acta(s) de Apertura del Servicio por cada sede.

B. Durante la fase de implementación:

·         Atender al ciudadano: ofreciendo información clara sobre el Programa, la(s) modalidad(es) de atención implementadas en el municipio.
·         Recibir las quejas, reclamos y observaciones sobre la implementación del Programa, y remitir a la firma interventora correspondiente y al MEN en el formato <<Notificación de quejas y reclamos de los ciudadanos>> con fotografías adjuntas si el caso lo requiere, máximo 3 días después de recibidas.
·         Certificar la atención, si se requiere en el formato <<Certificado de Atención efectiva a niños y niñas en el PAIPI>>. Certificar los períodos de suspensión y reinicio del servicio del servicio, en los formatos <<Formato Notificación de suspensión extraordinaria del servicio>> y <<Formato certificación del reinicio de la atención efectiva a niños y niñas>> Certificar la afectación de las sedes por emergencias.
·         Asistir a jornadas de capacitación gestionadas desde el municipio, el departamento, ó convocadas por el MEN Realizar visitas de seguimiento y las reporta al MEN y la firma interventora correspondiente en el formato <<Acta de Visita Delegado de Primera Infancia>> Participar en la Mesa Municipales de Primera Infancia ó Comité, según corresponda.
·         Activar las rutas de atención en el municipio en casos de vulneración de derechos a niños y niñas del PAIPI.

C. Durante la fase de cierre:

·         Certificar la finalización del servicio en el formato <<Notificación de Finalización del Servicio>>.
·         Levantar el acta de dotación no fungible en el formato <<Inventario de dotación no fungible>>.
·         Recibir la dotación inventariada y el archivo físico con la información de los niños y niñas, y la entrega a la bodega del municipio en los casos en que el prestador del servicio no continúa en el municipio prestando el servicio.
·         Informar a la comunidad sobre la continuidad del Programa en el municipio.




_____________________
Por: José Gañan Bedoya -DMPI


No hay comentarios: